【Resumen】Re-entry de nacionales extranjeros que poseen el estatus de residencia

2020/7/29
El 22 de julio de 2020 el Gobierno del Japón anunció permitir gradualmente el re-ingreso/entrada al Japón de nacionales extranjeros que poseen el estatus de residencia y otros.

La flexibilidad solamente es aplicada para aquellos que han salido del Japón con un permiso de re-ingreso anterior al día en el cual el país o región donde los ciudadanos extranjeros están permaneciendo actualmente, fue declarada como área sujeta a la negación de permiso de entrada al Japón.

Bajo la nueva decisión, los portadores del estatus de residencia que salieron de Japón antes del día en que el país/región donde los nacionales extranjeros están permaneciendo actualmente fue declarada como un área sujeta a la negación de permiso de entrada a Japón, está permitido el re-ingreso al Japón a partir del 5 de agosto 2020. Con el objetivo de contener la propagación de infecciones, a partir del 1 de septiembre, también serán introducidos algunos procedimientos nuevos a los ciudadanos extranjeros con cuatro categorías de residencia a saber: “Permanent Resident”, ”Spouse or Child of Japanese National”, “Spouse or Child of Permanent Resident” and “Long Term Resident” (incluyendo el cónyuge de un nacional Japonés o hijo de Japonés quien no tenga estos estatus de residencia; lo mismo se aplica en adelante).

Sobre el re-ingreso, los extranjeros requieren presentar una carta de Confirmación “Re-entry Confirmation Letter” obtenida del establecimiento japonés en el extranjero en el país/región donde el aplicante reside. Adicionalmente se requiere la presentación de un certificado con el resultado de la prueba PCR realizada dentro de las 72 horas antes de la fecha de salida del vuelo.
En relación con el proceso y los documentos requeridos por favor consultar la descripción a continuación.
 
 
PROCESO Y DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA EL RE-INGRESO (RE-ENTRY)
 
  1. MEDIDAS DE CUARENTENA ADICIONALES
Previo al re-ingreso, es necesario tener el resultado de una prueba negativa de COVID-19, realizada dentro de las 72 horas antes de la salida del vuelo (NO es válido el formato emitido dentro de las 72 horas antes de la salida del vuelo sobre la prueba realizada más de 72 horas antes de la salida.).
 
  • Utilizar el formato que debe ser diligenciado y firmado por una institución médica, y se considerará como válido This format (Word). En principio utilizar este formato
  • Si el aplicante no encuentra una institución médica que acepte el formato mencionado arriba, puede presentar otro formato con la información en inglés, pero en este caso puede tomar tiempo extra para la inspección de cuarentena y de inmigración. Los datos requeridos son:
 
  1. Información personal del aplicante (nombre y apellidos, número de pasaporte, nacionalidad, fecha de nacimiento, género)
  2. Prueba de autenticidad del resultado de la prueba COVID-19 (método de prueba, resultado, fecha de la prueba, fecha del resultado de la prueba, fecha de emisión de la prueba)
  3. Información de la institución médica (nombre y dirección de la institución médica/nombre del médico/sello (o firma del médico)
 
Los aplicantes deben presentar el resultado negativo de la prueba COVID-19 (o una copia) al oficial de cuarentena cuando arribe a Japón. Después deberá presentar también la “Carta de Confirmación de Reingreso” al oficial de inmigración.

Si los aplicantes no pueden presentar los documentos al oficial de inmigración, se les negará la entrada a Japón basado en La Ley de Control de Inmigración y Reconocimiento de Refugiados. Si los aplicantes entran a Japón con documentos falsos, su estatus de residente será revocado y podrá ser deportado bajo la misma ley.

Si los funcionarios de la aerolínea le solicitan antes del abordaje los resultados de la prueba COVID-19, seguir sus instrucciones.

Si el examen PCR para COVID-19 para personas asintomáticas no está disponible en el país/región donde reside, el aplicante deberá hacer una parada en un tercer país donde esté disponible la prueba, antes de viajar a Japón
 
  1. DOCUMENTOS NECESARIOS Y PROCESO
Presentar a la Embajada del Japón en Colombia los siguientes documentos para obtener la “Carta de Confirmación de Reingreso”.
 
Enviar al correo electrónico visa@ba.mofa.go.jp los siguientes documentos:
  1. Copia del pasaporte
  2. Copia del sello de salida de Japón
  3. Copia del permiso de re-entry
  4. Copia de la tarjeta de residencia de Japón
  5. Formulario de solicitud diligenciado Application Form (PDF) 
 
Antes de enviar los documentos revisar que estén completos. 

La solicitud será estudiada por el Ministerio de Asuntos Exteriores de Japón y se le avisará para la entrega de la carta.