INFORMACIÓN SOBRE VISAS
2025/5/27
Notas para tener en cuenta
- La solicitud debe ser presentada en la Sección Consular de la Embajada del Japón, en la Carrera 7 No. 71-21, Torre B, Piso 11, Bogotá D.C., personalmente, a través de un tercero o a través de una agencia de viajes. No se aceptan solicitudes enviadas por correo.
- A partir del 01 de Mayo de 2025 se requiere cita previa para las solicitudes de VISA DE CORTA ESTADÍA.
Antes de agendar la cita, por favor leer con atención el apartado Notas para tener en cuenta y verificar los requisitos según el tipo de visa.
La cita sólo puede ser agendada aquí utilizando el vínculo. No se puede agendar cita por teléfono ni por correo electrónico. Puede presentar su solicitud de visa desde 3 meses antes de su fecha de ingreso a Japón, y hasta 10 días hábiles antes de su fecha de salida de Colombia. Recomendamos solicitar cita con la mayor antelación posible, de lo contrario podría no haber disponibilidad para su fecha de viaje.
- Para visa de LARGA ESTADÍA (titulares de COE) NO se requiere cita previa.
El horario de atención para radicar solicitudes de visa de larga estadía será de lunes a viernes de 13:30 a 14:30 sin cita previa.
- El estudio tarda 10 días hábiles (no se cuentan fines de semana ni días festivos) y permanecerá retenido el pasaporte original. En caso de que la solicitud requiera ser estudiada por MOFA, la respuesta podría tardar más tiempo. Se le notificará la respuesta por correo electrónico y podrá recoger el pasaporte en la ventanilla de la Sección Consular. Si un tercero viene a recogerlo por favor dar autorización escrita y presentarla impresa junto con el recibo de radicado original.
- Por lo general, la visa tiene una vigencia de 3 meses para entrar a Japón. Con referencia al tiempo de estancia en Japón (15, 30 o 90 días dependiendo de su itinerario), este empieza a contarse a partir del día siguiente a su llegada a Japón.
- La visa no tiene ningún costo para los ciudadanos colombianos. Para otras nacionalidades por favor consultar con la Sección Consular.
- Los colombianos que tengan pasaporte Diplomático u Oficial están exentos de visa para estancias menores a 90 días: https://www.mofa.go.jp/ca/fna/page22e_000692.html.
- La visa se tramita en el país de residencia o país de origen. Para recibir documentos debe estar en territorio de Colombia. No se aceptan solicitudes si la persona está fuera del país. Si tiene residencia o estatus legal en otro país, por favor averigüe en la Embajada del Japón o Consulado del respectivo país sobre los requisitos y procedimientos (Lista de embajadas y consulados del Japón).
- Al solicitar una visa, no es necesario realizar pagos de tiquetes de avión, alojamiento, transporte, etc. No seremos responsables de ningún gasto de cancelación que pueda generarse.
- Si luego de revisar los requisitos tiene alguna duda o más preguntas, por favor consulte aquí preguntas frecuentes antes de comunicarse con la Sección Consular.
Tipos de visa
Contacto
Dirección: Carrera 7 No. 71-21 Torre B Piso 11, BogotáTeléfono: +57 (601)743-3360 ext. 135
Correo: visa@ba.mofa.go.jp
Horario de atención telefónica: Lunes a viernes de 9:00 a 12:00 / 13:30 a 17:00
♦ Radicación de solicitudes de visas de corta estadía: 9:00 a 11:30 / 13:30 a 14:30 con cita previa
♦ Radicación de solicitudes de visas de larga estadía: 13:30 a 14:30 sin cita previa
♦ Reclamar pasaportes: 15:00 a 17:00